¿Qué es una vida digna desde la óptica de la Participación Ciudadana? 20/01/2025
¿Qué es una vida digna desde la óptica de la Participación Ciudadana?
Este ejercicio consagrado en la Constitución Política cubre todo ámbito social, económico y político. La participación debe estar orientada a aunar conocimiento, esfuerzo y voluntad de servicio para procurar la construcción de un territorio acorde con las exigencias de hoy.

Por: Hernando Villa A – Veedor ciudadano.

“La respuesta desde esta perspectiva sería la siguiente: la del ciudadano que participa activamente en la legislación y administración de una buena polis, deliberando junto con sus conciudadanos sobre qué es para ella lo justo o injusto, porque todos ellos son capaces de palabra y, en consecuencia, de socialidad.

La socialidad es capacidad de convivencia, pero también de participar en la construcción de una sociedad justa, en la que los ciudadanos puedan desarrollar sus cualidades y adquirir virtudes”. “Por eso quien se recluye en sus asuntos privados acaba perdiendo no sólo su ciudadanía real, sino también su humanidad.

No es extraño que la tradición liberal haya ido asumiendo la deliberación como condición indispensable de una vida política auténtica; ni tampoco que autores comunitarios la consideren como el medio adecuado para generar desde las preferencias individuales una voluntad común”.

La Constitución de 1991, cambió, sustancialmente la participación ciudadana, pasamos de representativa a la participativa y así quedó consignado en el Artículo 3º.: “la soberanía reside exclusivamente en el pueblo, del cual emana el poder público. El pueblo la ejerce en forma directa o por medio de sus representantes, en los términos que la Constitución establece”. Entonces, pregunto ¿hemos sabido ejercer el mandato constitucional?

Antes de responder se hace necesario repasar el rol del Estado Social de Derecho. Entendemos como Estado la organización política de una población en determinado territorio, arropada por un poder de mando, una dirección y organización jurídica.

El Estado está conformado por dos elementos esenciales, naturales y culturales, el primero conformado por el territorio y su población; el segundo, por derecho y poder, entendido el derecho, como sistema de reglas sociales que ordenan la cultura ciudadana. El poder como el conjunto de autoridades, encargadas de mantener el orden jurídico y la seguridad.

La participación ciudadana cubre todo ámbito social, económico y político. Allí nace la necesidad ciudadana orientada a dar lo mejor, es decir, tenemos que aunar conocimiento, esfuerzo y voluntad de servicio para que desde nuestra experiencia aportemos lo mejor en procura de construir un territorio acorde con las exigencias de hoy, con mirada al futuro.

La ESAP, en sus cursos sobre participación ciudadana clasifica la participación ciudadana, según el área en que se desempeña, de la siguiente manera:

Participación Política: se ejerce para elegir o ser elegido. Por ejemplo, cuando se acude a elegir presidente, gobernadores, alcaldes.

Participación Comunitaria: Se materializa cuando un grupo de personas se congrega con el fin de alcanzar determinados objetivos: satisfacer necesidades, resolver problemas. Por ejemplo, cuidado y protección del parque de la localidad.

Participación Social: A diferencia de la participación comunitaria, aquí los intereses son más generales, y permite una mayor agrupación de individuos. Pueden existir varios tipos de participación social. Un ejemplo, podría ser cuando una persona interviene de cualquier manera en actividad que otros diseñan ofreciendo mano de obra o sus propios conocimientos, para el fortalecimiento de bienes comunes.

Participación Ciudadana: Es la acción de individuos o grupos, para conocer, decidir, acompañar y vigilar los asuntos públicos de una sociedad. Con miras a entender este campo aconsejo acercarse a la Ley 1757 de 2015, pero más sencillo a los Consejos de Participación Ciudadana Municipales.

Observemos algunos derechos esenciales en participación ciudadana:

  • Participar en las fases de planeación, implementación, seguimiento y evaluación de la gestión pública y control político. Es, con seguridad, el derecho ciudadano menos desarrollado.
  • Ser informado oportunamente y con claridad sobre el derecho a la participación ciudadana, sus contenidos, formas y procedimientos para su ejercicio, y las entidades de la administración pública con las que debe relacionarse.
  • Recibir información oportuna y veraz para ejercer las acciones de participación.
  • Recibir capacitación para lograr mayor comprensión de la gestión pública y políticas públicas.

Cajicá, municipio de segunda categoría, está obligado a integrar pronto el Consejo Municipal de Participación Ciudadana (CMPCC) que ya fue creado mediante el decreto 186 de septiembre pasado, tema que merece toda nuestra atención. Me referiré a este tema de tal importancia para el territorio en la próxima edición.